Aunque la directiva de la Asamblea Nacional advirtió que no aprobará la prórroga de emergencia económica por 60 días si los funcionarios del Gobierno no comparecen ante el hemiciclo, el decreto presidencial ya entró en vigencia en Gaceta Oficial N° 6.219.
En los considerandos se argumenta que la solicitud de extensión busca “garantizar los derechos humanos sustentados en el ideario de El Libertador Simón Bolívar y los valores de paz, justicia, independencia, soberanía y libertad” y señalan el artículo 236 de la Constitución que establece como competencia del Ejecutivo el dictamen de estados de excepción y la restricción de garantías.
También incluyen la decisión del Tribunal Supremo de Justicia que el pasado 11 de febrero declaró en vigencia el decreto, pese a que no fue aprobado por el Parlamento, tras considerar que la AN no había cumplido oportunamente con los límites constitucionales y legales establecidos para pronunciarse.
En la Gaceta, además, se precisa que en el marco de la emergencia económica, el Gobierno dictó ocho decretos en materia de “orientación especial de recursos para la ejecución de proyectos de Desarrollo Social, Misiones y Grandes Misiones; la regulación de compras públicas centralizadas; la fijación de una exoneración del Impuesto sobre la Renta para proteger a la clase media trabajadora; la creación de un subsidio para familias más vulnerables; la protección del ecosistema guayanés y los derechos de los indígenas en el arco minero, así como la creación de un banco para las industrias intermedias y ligeras”.
La Asamblea Nacional tiene ocho días -que empezaron a correr desde el viernes 11 de marzo- para aprobar o rechazar el decreto.