La Sala Constitucional ordena a la Asamblea Nacional “abstenerse de continuar el inconstitucional, nulo e inexistente juicio político en contra del Presidente (Nicolás Maduro)”.

La sentencia N° 948 del 15 de noviembre, admite el recurso de amparo que introdujo el procurador general, Reinaldo Muñoz, en el que acusa al Poder Legislativo de “quebrantar el orden constitucional” y le ordena al Poder Legislativo “evitar dictar cualquier tipo de acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se encuentre al margen de sus competencias y, en fin, fuera de lo previsto en la Constitución”.

En este sentido, el Acuerdo para iniciar el Procedimiento de Declaratoria de Responsabilidad Política del Presidente de la República ante la Grave Ruptura del Orden Constitucional y Democrático y la Devastación de las Bases Económicas y Sociales de la Nación, aprobado por la AN, queda sin efecto.

Los parlamentarios de oposición argumentan que la Asamblea sí tiene potestad para declarar la responsabilidad política del mandatario venezolano.

La máxima sala del TSJ recordó que en la sentencia N° 808 del 2 de septiembre declaran inconstitucionales y “absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica” los actos emanados de la Asamblea Nacional mientras se mantenga el desacato que sentenció la Sala Electoral.

El punto del desacato fue abordado en la plenaria del diálogo y se acordó convocar elecciones en Amazonas para elegir –nuevamente- los diputados de esta entidad.

Voceros del Gobierno insisten en que para que se convoquen las elecciones el Parlamento debe desincorporar a los diputados amazonenses primero. Sin embargo, el presidente de la AN Henry Ramos Allup ratificó que seguirán “desacatando todas las decisiones anticonstitucionales del régimen, de la sala inconstitucional y la electoral”.

Además, la decisión de la Sala Constitucional prohíbe convocar y realizar actos que “alteren el orden público, realizar instigaciones contra autoridades y Poder Públicos, así como otras actuaciones violatorias de los derechos constitucionales y del orden jurídico en general”.

Foto: Asamblea Nacional

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