El mensaje fue enviado mediante cadenas de WhatsApp

Si tienes poco tiempo lee en 30 segundos:

  • No hay multas por no votar en Venezuela porque la ley electoral no sanciona la abstención, porque el voto es un derecho, no una obligación.
  • El rumor de multas por no votar es un bulo que se difundió por WhatsApp.
  • Solo quienes son seleccionados como miembros de mesa y no cumplen sin justificación, sí pueden ser multados.

Los procesos electorales en Venezuela siempre traen consigo desinformación de cualquier índole. Cada vez que se anuncia una elección las redes sociales se inundan de contenidos engañosos o falsos. 

Era de esperar que la elección municipal del domingo 27 de julio de 2025 fuera blanco de desinformación y es por eso que hemos detectado en nuestro chatbot La Tía del WhatsApp y en Telegram, un bulo que señala que «multarán a quienes no votaron el 27 de julio», pero esto es falso. 

Este chequeo es el resultado del apego riguroso a nuestra metodología de verificación, tras el análisis y contraste con las evidencias disponibles y no representa opiniones o juicios de valor, tal como lo establecemos en nuestra Política de Neutralidad y Apartidismo, en la que advertimos las limitaciones al ejercicio del periodismo en Venezuela.

Una cadena alarmista, sin reflejo en redes sociales

La desinformación llegó mediante una cadena de la plataforma de mensajería instantánea WhatsApp, donde un usuario nos preguntó: ¿Es cierto que van a multar al que no vote en las elecciones del 27 de julio?. 

Para saber si la cadena desinformadora estaba recorriendo otras redes sociales hicimos una búsqueda de las siguientes palabras claves en Google: multas por no votar en Venezuela, pero no arrojó resultado que llevaran a alguna red social donde haya sido difundida la desinformación más allá de la cadena de WhatsApp. 

El mismo procedimiento aplicamos en Facebook, X y TikTok con el texto que llegó a nuestro chatbot, por lo que inferimos que este bulo solo estuvo replicándose mediante WhatsApp o Telegram.

La ley no multa a quien no vote 

En Venezuela, el acto de votar es un derecho, no una obligación impuesta por ley que conlleve sanciones por no ejercerlo. La Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), que rige la materia electoral, no establece multas ni penalidades para los ciudadanos que deciden no participar en un proceso de votación. Esto significa que la abstención no es un delito ni una falta que acarree una sanción pecuniaria o de otro tipo para el ciudadano.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) se rige por la Constitución y la Lopre, ambas normativas detallan las funciones del organismo electoral, los delitos electorales y las sanciones correspondientes, pero ninguna de ellas contempla la multa por no votar como tal. 

Los delitos electorales están relacionados con acciones que buscan alterar o manipular los resultados, como el fraude, la compra de votos, o la obstaculización del proceso, romper la papeleta electoral, el ventajismo electoral (por la instalación de “puntos rojos” (o “puntos azules” en caso de ser de la oposición) muy cerca de los centros electorales), pero no con la simple no participación o abstención.

En resumen, la normativa electoral vigente en Venezuela no contempla sanciones directas para el ciudadano que decide abstenerse de votar. El rumor de multas por no votar es una desinformación que no tiene respaldo legal.

¿A quienes sí multan?

Es importante diferenciar la figura del elector de la del miembro de mesa. Aunque el voto es un derecho, el servicio electoral obligatorio sí conlleva responsabilidades.

Por ejemplo, si una persona es seleccionada como miembro de mesa -que implica que debe acudir virtual o presencialmente a la formación para el día de las elecciones conformar las mesas en su centro electoral- y no cumple con su deber sin una justificación válida, la Lopre sí prevé sanciones administrativas, que pueden incluir multas o inhabilitaciones, según la gravedad de la falta. 

El artículo 111 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral (LOPRE) establece que es obligatorio asistir a una elección como miembro de mesa, en caso de ser seleccionado.

Las sanciones publicadas por el CNE dirigidas a quienes incumplieran como miembros de mesa, incluyen una multa económica. Esta oscila entre 15 y 50 Unidades Tributarias (UT).

Además de la multa, se contempla un arresto proporcional, calculado a razón de un día por cada Unidad Tributaria de sanción. Esto significa que las personas sancionadas podrían enfrentar un periodo de detención de entre 15 y 50 días, dependiendo del monto de la multa económica impuesta.

Lo mismo está establecido en el Reglamento de la ley, en su artículo 238, para quienes violen las disposiciones sobre propaganda electoral. Sin embargo, no brinda detalles sobre en qué casos las personas con multas económicas irían a la cárcel, por lo que se puede inferir que sería en los casos en que no puedan o se nieguen a pagar las multas.

En el pasado, en Venezuela, antes de la Constitución de 1999 y la Lopre actual, existió la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Bajo esa ley, el voto tampoco fue obligatorio, aunque había un régimen sancionatorio mucho más amplio, con penas de cárcel, por delitos, ilícitos y faltas administrativas por faltar al servicio electoral sin justificación. Sin embargo, sí se establecían limitaciones o prohibiciones de viaje dentro y fuera del país por un período de 6 meses a quienes no tuvieran la calcomanía detrás de la cédula de identidad que certificara que habían sufragado.

Conclusión 

Basándonos en nuestra metodología de verificación, podemos señalar que es falso el rumor sobre la imposición de multas por no votar en las elecciones municipales del 27 de julio de 2025. La ley venezolana no sanciona la abstención, ya que el voto es un derecho, no una obligación. Solo quienes son seleccionados como miembros de mesa y no cumplen sin justificación pueden ser multados o arrestados. No te dejes engañar por cadenas alarmistas. Antes de reenviar o creer cualquier mensaje, verifica con La Tía, el chatbot de Cocuyo Chequea en WhatsApp y Telegram.