La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) tomó una decisión en el caso Venezuela I (investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país desde 2017, en el contexto de la represión de protestas y otras situaciones políticas) el 1 de agosto, que generó interés en la comunidad jurídica y política, al impactar directamente en la figura del fiscal Karim Khan.
La decisión surgió a partir de una solicitud de revisión de oficio que señalaba un posible conflicto de intereses, lo que ha llevado a la CPI a instruir al fiscal a separarse de la investigación sobre la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en el país.
La Sala de Apelaciones demostró que los argumentos presentados por Khan para desvirtuar la recusación eran insuficientes. Entre los puntos rechazados se encontraba la afirmación de que su cuñada, la abogada Venkateswari Alagendra, con quien se le vincula el conflicto, no era un familiar «próximo o inmediato» ni parte de su «hogar», y que no habían discutido sobre el caso.
Para entender a fondo las implicaciones de esta decisión, en Efecto Cocuyo elaboramos cinco claves basadas en el análisis de Alí Daniels, abogado y codirector de la ONG Acceso a la Justicia.
Te contamos: CPI ordena al fiscal Karim Khan recusarse de la causa de Venezuela «por conflicto de intereses»
1 Conflicto de interés del Fiscal
La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional determinó la existencia de un conflicto de interés del fiscal Khan en el caso Venezuela I, debido a las relaciones que el fiscal mantiene con la abogada Venkateswari Alagendra, su cuñada, lo que la Sala consideró que podría afectar su imparcialidad. Ante esto, se le ha dado un plazo de tres semanas para que se recuse formalmente del caso.
Este conflicto de intereses se origina en la relación familiar que Khan mantiene con Alagendra, quien ha representado legalmente a la gestión de Nicolás Maduro, gobierno que la CPI investiga por presuntos crímenes de lesa humanidad.
La investigación, que se inició en 2018 por la represión de las protestas de 2014, fue impulsada por Khan tras asumir la Fiscalía de la CPI. Ordenó que pasara de la etapa preliminar a la de investigación en el año 2021.
La decisión de la Sala de Apelaciones se basa en que los argumentos de Khan no fueron suficientes para desvirtuar la recusación. Si bien el fiscal alegaba que su cuñada no es un familiar “próximo o inmediato” y que no han discutido el caso, la Sala consideró que estas razones eran insuficientes. El fallo es un cambio con respecto a lo que ocurrió en febrero, cuando una solicitud similar la declararon inadmisible por extemporaneidad.

2 La decisión no afecta el caso
La decisión no debería afectar el curso de la investigación del caso Venezuela I. El fiscal Khan se encuentra actualmente separado de su cargo debido a una investigación interna por presunto acoso, lo que significa que ya no estaba a cargo del proceso.
Daniels señala que la investigación del caso Venezuela I está lo llevan adelante los dos fiscales adjuntos de la CPI, quienes están a cargo de la oficina desde la separación del cargo de Khan, mientras hay una investigación en su contra.
Por lo tanto, el trabajo de investigación no se detiene y continúa bajo la supervisión de estos fiscales adjuntos.
3 Consecuencia práctica de la recusación
La única consecuencia práctica de la decisión se daría en un escenario futuro. Si el fiscal Khan es absuelto de la investigación por acoso, podría retomar sus funciones como fiscal jefe de la CPI, pero no podría reasumir el caso Venezuela I.
Daniels explica que la decisión de la Sala de Apelaciones es firme en cuanto a su recusación, por lo que el caso permanecería bajo la responsabilidad de los fiscales adjuntos, incluso si Khan regresa a su cargo.
4 Base legal de la decisión
La Sala de Apelaciones instruyó al fiscal Khan a solicitar su dispensa del caso Venezuela I en un plazo de tres semanas. Esta acción se basa en la regla 35 de las Reglas de Procedimiento y Prueba de la CPI, que establece los procedimientos para la recusación de un fiscal.
Daniels analiza que los recurrentes argumentaron que las relaciones del fiscal con la Alagendra, su cuñada, «hacen insostenible la imparcialidad del Fiscal». La Sala de Apelaciones consideró estos argumentos suficientes para ordenar la recusación.

5 Función de fiscales adjuntos
Para Daniels, la investigación del caso Venezuela I continuará bajo la supervisión del fiscal adjunto, Mame Mandiaye Niang. A este funcionario lo nombraron junto con otro fiscal adjunto para continuar con las investigaciones de todos los casos de la CPI.
La designación de ambos se hizo precisamente para asegurar la continuidad de las investigaciones mientras el fiscal Khan se encuentra temporalmente separado de sus funciones. Esto garantiza que la decisión de recusación del fiscal Khan no detenga ni afecte el progreso de la investigación en curso.