No hay más verdad que la expuesta por aquel aforismo que refirió Esquilo -poeta de la tragedia antigua griega- cuando asintió “la violencia acostumbra a engendrar violencia”. Quiso decir que la violencia, como forma de destruir, dañar o confinar, tiene cabida donde existe violencia. Aunque constituye un hecho repudiable, hay quienes se acogen a la idea de no permitir la violencia. Ni siquiera, ejercida contra la violencia. Aún cuando sean de distinta naturaleza.
En todo caso, la violencia es un hecho incorregible por múltiples razones. Desde las que explican la violencia desde una perspectiva social y cultural, hasta la explicación basada en doctrinas militaristas, sociológicas y politológicas. Aún así, la violencia ha dejado de justificarse. La teoría política ha dirigido algunos interesantes postulados en esa dirección. Pero las realidades son testarudas y obstinadas. Peor aún, lucen sordas a este respecto.
La evolución de la sociedad, al comprometer el desarrollo de las ciencias, logró formalizar no sólo ideas que despejaron importantes dilemas que complicaron el devenir del hombre dada su condición biopsicosocial. También, el discurrir de instituciones que dirigen sus propuestas a reivindicar la libertad y los derechos trascendentales.
La historia política contemporánea, está repleta de fehacientes referencias demostrativas de tan cardinales objetivos. Entre otros, son convenciones, tratados, acuerdos, pronunciamientos que terminaron en la creación de organizaciones, corporaciones, entidades públicas y privadas comprometidas con acciones propias de dichas líneas de gestión a favor de tan preclaros valores.
Vale aludir al carácter intergubernamental que reviste el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, ONU, cuya labor apunta a fortalecer la protección y promoción de los derechos humanos en todo el planeta. Asimismo, a defender a toda persona que le hayan violentados sus derechos humanos. Habida cuenta que son actos jurídicos, cuyos fines, apuntan a la libertad, la justicia y la paz.
El Consejo de Derechos Humanos basa sus procedimientos en la Declaración Universal de Derechos Humanos consagrada en diciembre de 1948 en París. Dicho texto contiene 30 derechos humanos básicos que responden a principios y valores sociales, individuales, culturales, económicos y cívicos. Aunque no siempre reciben las debidas atenciones por partes de los gobiernos. Particularmente, de gobiernos sometidos por regímenes políticos de factura autoritaria, populistas y escasamente democráticos.
He ahí el origen de casos reñidos con la justicia, las libertades y la paz. Sobre todo, con el ejercicio de la justicia, lo cual traba los dictámenes del Consejo de Derechos Humanos.
El caso Venezuela
El caso Venezuela es propio de particular atención. Fundamentalmente a consecuencia de serios enfrentamientos protagonizados por el régimen venezolano contra la esencia institucional del Consejo de Derechos Humanos, ONU. Sus decisiones elaboradas, siempre con base en profusos análisis e investigaciones, son cuestionadas. Peor aún, desconocidas e incumplidas.
Ni siquiera es respetada la consideración que, a dicho respecto, contiene la Constitución de la República, la cual expone de manera categórica “la observancia y respeto de los derechos humanos”. Específicamente en los artículos 278, 280 y 281 parágrafos 4, 5 y 10.
Este articulado constitucional, poco o nada ha servido para instar al Poder Ciudadano a asumir su responsabilidad en la promoción, vigilancia y defensa de los derechos humanos en el país. Advertir que los DD.HH. están garantizados por la Constitución, entendida como la ley suprema, no significa lo que bien debería procurarse y que al final no se lleva a cabo.
Es un deshonor el hecho que a diario se vive en Venezuela toda vez que el cumplimiento del Estado, no constituye el deber que en teoría significa y obliga. Así que, si el Estado incumple, qué puede esperarse de otras instancias que, al no tener conexión funcional con el régimen, no reaccionan ante el agravio propiamente. Esto deja ver el desconocimiento del mandato del Consejo de Derechos Humanos-ONU. Y esta situación da cuenta de la falta de responsabilidad del Estado venezolano respecto de tratados suscritos por Venezuela.
De nada han valido los informes consolidados por misiones internacionales que han demostrado haberse cometido crímenes de lesa humanidad. Además, de constantes violaciones a los derechos humanos que se resumen en secuestros, presos políticos, torturas, persecuciones, desaparición forzada de personas, crímenes de agresión, ataques organizados a gran escala contra la población, por decir los menos espantosos.
Esto ha provocado que Venezuela sea vista como un país donde los derechos humanos se violentan casi a diario. Aparte de lo que significa el grosero asedio a defensores de DD.HH. Tan igual como sucede contra las ONGs que trabajan por la defensa de los derechos humanos en Venezuela.
¿Dónde quedó la justicia que señala la Constitucional Nacional en su segundo artículo: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia”? Si la justicia es la bondad medida al milímetro”, según la periodista ucraniana Emma Andievska, o de acuerdo con la teoría política la justicia es un concepto más normativo que descriptivo, entonces parece válido acogerse a la medida de lo justo y lo injusto.
Aún así, cabe asumir la justicia como la igualdad, la democracia, la libertad o el bienestar. Pero nunca dejará de ser un fin social. Entonces, tiene algún sentido hablar de justicia en los términos de los derechos humanos. Por tanto, se convierte en un derecho inalienable, aunque maltratado a instancia de los intereses que confabulan contra la vida. Cabría pues preguntarse en el fragor de la ultrajada trama venezolana ¿Cuántas balas hacen falta para hacer justicia?
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