La validación de las firmas para la activación del revocatorio se alargará 12 días más con el nuevo instructivo que aprobó el Consejo Nacional Electoral. Este lapso no está previsto en la Gaceta Electoral N° 405 del 18 de diciembre de 2007 que rige el proceso y que establece, en los artículos 5 y 6, que los electores validarán sus manifestaciones de voluntad para constituir las agrupaciones ciudadanas en las oficinas regionales electorales, donde colocarán su huella dactilar en un lapso de cinco días hábiles.
Los 12 días comenzaron a correr el 18 de mayo y concluirán el 2 de junio, para luego iniciar con el despliegue de las captahuellas en los estados, según informó el rector suplente Carlos Quintero. Esto quiere decir que el proceso que requería cinco días ahora necesitará 17 días y podría alargarse si el órgano electoral aprueba un lapso de impugnación.
La extensión del lapso no es la única modificación que introduce el recién aprobado instructivo; también agrega cinco nuevos criterios que incluyen la verificación de datos tan específicos como el campo referido a la entidad federal que aparece en la planilla. Es decir, si un elector vota en el estado Vargas, pero firmó en Distrito Capital pasa a una fase de “observación” y corre el riesgo de ser invalidado como integrante de la agrupación ciudadana.
El exceso de tinta en la impresión de la huella dactilar puede constituir otro elemento de descarte porque puede considerarse como un manchón en la hoja.
El rector Quintero explicó las cinco fases del proceso:
-La primera y la segunda están dedicadas a la digitación y digitalización de las planillas. Un grupo de operadores estará encargado de transcribir uno por uno los datos de los electores.

-En la tercera fase se revisarán los datos que por error humano o por otro factor no concuerden entre sí. Cuando esto ocurra el sistema arrojará una opción con información del Registro Electoral con la que se puede corregir la inconsistencia.

-La cuarta es exclusivamente para cotejar las huellas dactilares.

-La quinta comprende los campos propios de la planilla. Si el nombre del funcionario que se pretende revocar está mal escrito y por esto se invalidaron todas las firmas de los renglones, pasa a esta última revisión.
MUD denuncia “Operación Macheteo”
El representante de la MUD ante el CNE, Juan Carlos Caldera, afirmó que estos nuevos mecanismos elevan el margen de error en más de 20% y constituyen una operación que busca “machetear” los derechos políticos de los ciudadanos y poner en peligro alrededor de 800 mil firmas.
El vocero de la oposición calculó que la transcripción manual de los datos puede afectar 300 mil manifestaciones de voluntad. “Cerca de 100 mil venezolanos podrían quedar por fuera porque el CNE decidió que no pueden ser convocantes del revocatorio, si el domicilio de la persona no se corresponde con la entidad donde firmó. El tercer elemento sobrevenido es la verificación de las huellas con unos dactiloscopistas cuando el reglamento establece la validación con las captahuellas, esto puede dar un margen de rechazo de 400 mil manifestaciones de voluntad”, declaró.

¿Qué dice el instructivo de validación que no contempla la norma?
1. Se agrega una nueva fase. En la Gaceta Electoral N° 405 del 18 de diciembre de 2007, que rige la activación del referendo revocatorio, el proceso de validación consiste en convocar a los electores a las oficinas regionales electorales para que coloquen su huella en el sistema biométrico y ratifiquen su participación.
En el nuevo instructivo que aprobó el directorio del Consejo Nacional Electoral se añade una fase previa, no prevista en la norma, que a su vez está comprendida por cinco criterios distintos por los que deberán pasar las firmas para determinar si son verídicas o no.
2. Se modifican los lapsos. El proceso de validación debe realizarse en cinco días hábiles, una vez el CNE haya constatado que se consignó el mínimo de manifestaciones de voluntad requerido, de acuerdo con la Gaceta Electoral N° 405 del 18 de diciembre de 2007, pero el instructivo alarga este lapso, extensión considerada innecesaria.
Son 12 días hábiles los que se requieren para aplicar los nuevos criterios de validación, adicionales a los cinco que establece la norma para el despliegue de las captahuellas en las oficinas regionales electorales.
3. Se incorporan dactiloscopistas y grafólogos. La oficina regional electoral correspondiente debe constatar dentro de un lapso de 20 días la cantidad de manifestaciones de voluntad validadas consignadas por las agrupaciones ciudadanas y debe remitir el informe a la Comisión de Participación Política y de Financiamiento.
El instructivo contempla la presencia y participación en la auditoría de expertos dactiloscopistas y grafólogos que determinarán si no existen firmas planas y si las huellas dactilares comprenden 12 puntos característicos que las certifican legalmente.
Fotos: Edificio Pioneer, sede en la que el CNE desarrolla el proceso de digitación y digitalización.