El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó en Gaceta Electoral número 1.122, con fecha 8 de julio, la “norma especial sobre la campaña electoral para las elecciones municipales 2025”, pero no fue sino hasta este viernes 11 de julio que la divulgó entre los factores políticos que participan en los comicios del 27 de julio.
Las organizaciones políticas que postulan candidatos podrán, según el artículo 6 de la norma, contratar un tiempo máximo de 1 minuto diario en la televisión pública y privada por prestador de servicio, para la propaganda electoral. Dicho tiempo no es acumulable y aplica igualmente para la TV por suscripción.
El tiempo para contratar propaganda electoral en emisoras de radio nacionales y regionales es de 2 minutos diarios, no acumulables, por cada estación, de acuerdo con el artículo 7 de la normativa. El artículo siguiente establece que la difusión de la oferta y propuestas electorales podrá hacerse en medios impresos de circulación nacional, regional y local en máximo media página diaria para el tamaño estándar y una página diaria para tamaño tabloide, no acumulables.
Los candidatos y los partidos también pueden enviar mensajes de texto a los electores a través de las operadoras telefónicas, con un límite de tres mensajes semanales.
En las pasadas elecciones regionales y parlamentarias del 25 de mayo, expertos advirtieron sobre la reducción de los tiempos de contratación de propaganda electoral, que en el caso de la televisión era 3 minutos diarios. El mismo “recorte” se aplica ahora para las municipales.
Medios no pueden negarse
De acuerdo con el artículo 10 de la normativa los medios de comunicación social no pueden negarse a difundir la propaganda electoral. El CNE insta a que en caso de duda o controversia, los interesados pueden solicitar ante el ente comicial que determine si la propaganda cumple con los requisitos establecidos. La decisión que se tome al respecto es de “obligatorio acatamiento”.
Se prohíbe la difusión de propaganda electoral fuera del lapso de campaña establecido según el cronograma entre el 11 de julio y el 24 de julio (artículo 12). Asimismo, no están permitidos los mensajes proselitistas con contenidos que afecten el honor, vida privada, intimidad, imagen, confidencialidad y reputación de las personas; promuevan la guerra, discriminación e intolerancia; promueva la desobediencia a las leyes, desestimule el derecho al voto o sea financiada con recursos públicos o de origen extranjero, entre otras causales.
El artículo 13 igualmente recuerda que no se puede colocar propaganda electoral en edificios de entes públicos, centros de salud y educativos, monumentos, árboles, espacios infantiles, casas y edificios de particulares sin el consentimiento expreso de los propietarios, quienes tendrán el derecho a retirarlos si es el caso. También está prohibida la destrucción de la propaganda electoral (artículo 14) y la difusión de encuestas sin ficha técnica y en el lapso de 7 días anteriores a las elecciones (artículo 15).
El CNE advierte que el uso de las redes sociales para propaganda electoral también está sujeto a la normativa (artículo 16).
Crítica
El diputado de la Asamblea Nacional y dirigente de El Cambio, Aníbal Sanchez, quien dio a conocer la Gaceta Electoral, criticó que el ente comicial diera a conocer la normativa el primer día de iniciado el lapso de la campaña electoral que apenas será de 14 días.
El también experto electoral señaló que no se tiene información sobre el despliegue de fiscales de campaña electoral ni de operativos de monitoreo.