Se juramentaron ante la Constitución y las leyes del país, pero con menos de un mes en el cargo decidieron postularse a las elecciones regionales. Los constituyentes Héctor Rodríguez, Víctor Clark, Cármen Meléndez, Jehyson Guzmán, Miguel Rodríguez y Aristóbulo Istúriz, se separaron “temporalmente” del cargo por el que fueron electos el pasado 30 de julio.
Aprobada separación temporal de ANC a
Aristóbulo Istúriz
Carmen Meléndez
Jheyson Guzmán
Miguel Rodríguez
Héctor Rodríguez
Víctor Clark— Constituyente (@ANC_ve) 15 de agosto de 2017
Ese abandono deja curules vacías dentro de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), para la cual fueron electos 545 constituyentes. Sin embargo, ni las bases comiciales presentadas por el presidente Nicolás Maduro ni el estatuto de funcionamiento que rige la ANC ofrecen detalles sobre esta situación.
Pero, ¿quién suplantará esos lugares vacíos? ¿Los constituyentes pueden abandonar “temporalmente” su cargo?
De acuerdo con el artículo 13 de las normas constituyentes, “los constituyentes serán de dedicación exclusiva a la ANC”. El siguiente apartado destaca: “el constituyente cumplirá sus obligaciones y compromisos con el pueblo, en honor al juramento prestado“.
Jesús Castellanos, especialista en sistemas y procesos electorales, expresó a Efecto Cocuyo que no existen normas claras para esta situación. Sin embargo, precisa dos hipotéticos escenarios: que queden vacíos los seis puestos constituyentes o que la propia ANC, en su carácter de “superpoder”, designe a las personas que tomarán esos cargos.
Especificó que en el caso de que la ANC nombre constituyentes suplentes, pudiera tratarse de los candidatos que quedaron segundos en las elecciones. “En este marco que se vive en Venezuela de no existencia de Estado de Derecho, cualquier cosa puede pasar”.
El artículo 15 del marco legal de la ANC se lee: “Los Constituyentes deberán asistir a las sesiones de la Asamblea y de las Comisiones Permanentes. El incumplimiento de este deber podrá dar lugar a la suspensión proporcional de la remuneración correspondientes a cada inasistencia, así como la suspensión de las inmunidades y prerrogativas previstas en los anteriores artículos”.
A diferencia de esta nueva ANC, que se rige por el estatuto redactado por la Asamblea Nacional Constituyente de 1999, destaca Castellanos que “el supuesto de renuncia no estaba en ese reglamento; quizás era impensable”.
Otra fuente consultada que prefirió guardar su anonimato precisó que “en ninguna parte de la elección se establece la forma de elección de los suplentes” y agregó que al día de hoy, 17 de agosto, el CNE aún no publica los resultados completos de los pasados comicios del 30 de julio.
También destaca que, según Ley Orgánica de Proceso Electorales, se obliga al CNE a presentar las formas de elección de candidatos suplentes y titulares, lo cual no ocurrió para la elección de la ANC.
El pasado 16 de agosto, mientras ofrecía declaraciones en la sede del Ministerio Público (MP), el constituyente Diosdado Cabello fue consultado sobre el futuro de las seis curules que quedarían vacías, a lo cual respondió: “bueno, no lo sé. Son 545 constituyentes”.
“Ellos (la ANC) comenzaron con la destitución de la Fiscal General (Luisa Ortega Díaz) y ni siquiera han discutido el marco legal de cómo funcionará la Constituyente“, culminó Castellanos.
Pero ya están manchados por formar parte de esa barbarie que es y será una verguenza.