El gobierno chileno otorgó este 22 de agosto asilo político a cinco venezolanos que se resguardan en la embajada del país suramericano en Caracas desde el mes pasado. Se trata de cinco abogados que fueron designados como magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por la Asamblea Nacional, con mayoría opositora, el pasado 21 de julio.

Los funcionarios debieron buscar protección luego de que el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) recibiera la orden de detenerlos porque incurrieron presuntamente en el delito de usurpación de funciones.

Otorgado el asilo político, se debe activar un procedimiento diplomático para que la medida sea efectiva, explica el abogado experto en derecho internacional Mariano de Alba:

“Otorgado el asilo diplomático a estas cinco personas comienzan las gestiones diplomáticas entre Chile y el régimen a los fines de concretar el salvoconducto que permita que los asilados se trasladen de la embajada Chile, en Caracas, hasta el aeropuerto y de allí salgan hacia Chile”, señala.

El experto precisa que el Estado venezolano suscribe la Convención sobre Asilo Territorial de 1954, según el cual debe otorgar el salvoconducto. “Tanto Chile como Venezuela son parte de ese tratado internacional que además prevé que el único que tiene la facultad de calificar si otorga o no el asilo por motivos políticos es el Estado que lo otorga (en este caso Chile)”, expresa.

A su juicio, si el gobierno de Maduro se niega a otorgar el salvoconducto estaría violando una obligación internacional y podría enfrentar una demanda de la Corte Internacional de Justicia.  “Pero sería un juicio que tardaría años. Eventualmente dejaría peor a Venezuela, aunque la Corte no tiene forma de imponer sus decisiones. Una posibilidad es que si aún, después de un fallo de la Corte, Venezuela continúa incumpliendo, el Consejo de Seguridad de la ONU podría eventualmente discutir sanciones simbólicas”, apunta.

El internacionalista Félix Arellano señala que una vez otorgado el salvoconducto, los magistrados deben ser transportados en un vehículo diplomático hasta el aeropuerto.

El analista advierte que no existen medidas que obliguen al Gobierno a otorgar el permiso para que los funcionarios salgan del país y que, en caso de negar el salvoconducto, los juristas tendrían que permanecer en la embajada hasta que el gobierno lo otorgue.

El abogado experto en derecho internacional, Emilio Nouel, coincide en que el gobierno del presidente Nicolás Maduro no está obligado a otorgar el permiso. “Se trata de una decisión política y es procedimiento sencillo que implica una negociación. La embajada debe informarle al gobierno nacional, a través de la Cancillería, que ha decidido otorgarle el asilo y deben ponerse de acuerdo para instrumentar la forma de hacer efectiva la medida. El gobierno debe otorgar garantías para que estas personas puedan salir del país”, concluye.

Foto (imagen referencial): http://www.lanueva.com

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