La Fiscal General de la República ya ha dejado clara su postura en contra de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) sugerida por el presidente Nicolás Maduro, lo que ha propiciado que desde los sectores del oficialismo se le descalifique y hasta se le pida la renuncia.
Ante los ataques, Luisa Ortega Díaz se defiende y alega que desde el despacho del Ministerio Público (MP) se responde con eficiencia a las tareas que le competen. Es decir, se han iniciado todas las investigaciones penales sobre las denuncias recibidas.
Durante una entrevista que le realizó el viernes, 2 de junio, Vladimir Villegas para Unión Radio, Ortega Díaz asomó la posibilidad de un posible nuevo atropello. Dijo tener información de una supuesta decisión que estaría manejando el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), para restarle la acción penal a la Fiscalía. Sobre ello aseguró: “no existe una forma constitucionalmente válida de quitarle la facultad de la acción penal al Ministerio Público”.
La forma republicana
El abogado, exmagistrado y profesor de Derecho, Perkins Rocha, advierte que si el TSJ tomara esa decisión, estaría cometiendo un delito. “El artículo 132 del Código Penal habla del castigo a todo aquel que cambie o pretenda cambiar la forma jurídica de la nación, que es la forma republicana. Dentro de ese esquema hay un perfecto equilibrio de los órganos que están llamados a compensar al Ejecutivo y uno de ellos es la Fiscalía. No se le puede arrebatar sus funciones”, expresó.
Asimismo, hizo énfasis en que “no existe forma ni legal, ni constitucional de que el TSJ, por vía de la Sala Constitucional, le quite las competencias a la Fiscalía”. Explicó que no solo el MP tiene el monopolio de la acción penal.
La convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente es un elemento adicional a través del cual el Gobierno puede dejar sin funciones a la Fiscalía –de concretarse la redacción de una nueva Constitución-. Sin embargo, Rocha asevera que al tratarse de un proceso constituyente “inconstitucional”, la nueva Carta Magna sería “nula”.
“En dado caso que tengamos dos textos constitucionales, el de 1999 y el presentado por la Constituyente, hay que recordar que este segundo no tendría ningún valor jurídico porque ha quedado nulo tras la convocatoria”, indicó.
Delito de conspiración
El constitucionalista, Alberto Blanco, coincidió con Rocha en que el TSJ no tiene facultad alguna para restarle atribuciones a la Fiscalía y que, de hacerlo, incurriría en el delito de conspiración contra la República, tipificado en el Código Penal y castigado con presidio de ocho a dieciséis años.
El abogado señala que una de las acciones que puede ejecutar la Fiscal es solicitar que se abra un antejuicio de mérito contra los magistrados que intenten restarle funciones al Ministerio Público, como establece el artículo 285 de la Constitución.
Sin embargo, agrega que al no haber independencia de poderes, la Fiscal no tendría cómo canalizar una respuesta institucional.
No hace falta ser expertos para saber eso, igual el desgobierno usa el TSJ para pasarse la leyes por el forro.